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Acoso laboral: ¿qué es y cómo puede afectar nuestra salud mental y física?

Acoso laboral
Redacción: Porque quiero estar bien
Redacción: Porque quiero estar bien

Redactor

El acoso laboral es una realidad que enfrentan muchas personas en nuestro país y en el mundo. Es un problema al que parece que no se le brinda suficiente atención, o se ve minimizado porque las implicaciones profesionales y financieras para las víctimas suelen mayores.

El acoso laboral, también llamado acoso moral (o en inglés mobbing) consiste en hostigar, perturbar o generar miedo, inseguridad y terror, de forma sistemática, a un trabajador. El fenómeno incluye también las afectaciones físicas y psicológicas que tiene el acoso en la víctima. 

Por lo general, el acoso laboral o mobbing, busca principalmente la renuncia o abandono del trabajador. El fenómeno ha sido ampliamente estudiado por numerosos autores e instituciones, y puede ser uno de los factores que originen en el trabajador el llamado “síndrome del burn-out” o “síndrome del quemado” (aunque no deben confundirse o intercambiarse).

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Problemas que pueden originar el acoso laboral

  • Estrés agudo
  • Aislamiento social
  • Angustia financiera
  • Crisis nerviosas
  • Afectación en la autoestima
  • Problemas de sueño
  • Ansiedad
  • Depresión
  • Suicidio

El acoso laboral no debe confundirse tampoco con el acoso sexual, aunque ambos tipos de acoso comparten características (los dos son ejercicios de violencia simbólica y física; los dos pueden causar las mismas patologías en una persona, etc.), el acoso laboral se puede distinguir especialmente porque no tiene un carácter específicamente sexual en su origen ni en su práctica.

El acoso laboral puede encontrar su origen en la falta de comunicación, envidias, celos y malas relaciones humanas. Cabe aclarar que no todo conflicto laboral es acoso, sin embargo, el matiz de la constancia y de su perdurabilidad en el tiempo es un signo distintivo que debe prender las alarmas. 

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Algunas cifras del acoso laboral

El Workplace Bullying Institute presentó en 2018 cifras que arrojan las siguientes conclusiones:

  1. El 66% de las víctimas de acoso laboral son mujeres.
  2. El 70% de los victimarios o acosadores son hombres.
  3. El 61% de los acosadores (quien ejerce la violencia) son jefes; el 33% de los perpetradores son compañeros del mismo rango que la víctima y el solo el 6% de los perpetradores son subordinados de la víctima.
  4. En el 63% de los casos de acoso, el acosador o victimario actúa solo.
  5. El 80% de las víctimas de acoso laboral, como consecuencia de dicho acoso, empiezan a sufrir de algún tipo de ansiedad
  6. El 52% de las víctimas de acoso sufren ataques de pánico, cuyo origen se rastreó en dicho. acoso.

Una cifra que preocupa especialmente es que el 66% de las víctimas de acoso pierden su trabajo, como consecuencia del acoso.

Las cifras mencionadas coinciden con las que presentó el portal Portafolio, que señala que en Colombia, solo en la ciudad de Bogotá, se presentaron cerca de 972 denuncias solo durante el primer trimestre del año, cifra que indica un crecimiento de las denuncias por acoso en más del 50% con respecto a 2017.

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Conductas propias del acoso laboral

Según se ha explicado, el acoso laboral no ocurre abruptamente, sino de forma escalada y progresiva y, generalmente, se da en dos fases: 

  1. Actuación de hostilidad sutil: las acciones que, por lo general, empiezan a ser frecuentes en el acoso laboral pueden darse por un llamado de atención público de exagerada magnitud e injustificado, comentarios despectivos o malintencionados, indirectas, bromas pesadas o incómodas, sembrar rumores, entre otras. Por lo general esta es una fase de tanteo que realiza el o los victimarios a la víctima. Suele ocurrir que, si la víctima protesta o manifiesta tempranamente su incomodidad, el victimario se excuse manifestando que dichas actuaciones eran bromas o que hacen parte de su forma de ser, etc. 
     
  2. Actos de violencia simbólica: En una fase posterior, el acosador o victimario podría perpetrar una serie de conductas de mayor gravedad y daño como despreciar, ignorar constantemente, criticar, desprestigiar, insultar, ridiculizar, dificultar cada vez más la tarea, evitar la comunicación de la víctima con otros, intimidar y amenazar. En este punto, el trabajador ya ha sido victimizado y debe denunciar.
     
  3. Escalamiento y revictimización: Suele ocurrir que el trabajador no denuncie el acoso sino hasta que se han presentado las fases anteriores. La empresa o entidad contratante deberá mediar y garantizar las soluciones. Lastimosamente, muchas entidades, como se observó en las cifras, no garantizan la protección a los trabajadores denunciantes, generalmente por tener menor rango que los acosadores, terminan protegiendo al jefe y por despedir al trabajador. En ese caso, dado que el acoso constituye un delito tipificado, ambos, tanto acosador como empresa, faltan al código laboral y deben ser sancionados. 


Este flagelo afecta mucho más a mujeres que a hombres.

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El acoso laboral constituye un delito y, según la ley 1010 de 2006, las empresas deben adoptar medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso y los hostigamientos. El Ministerio del Trabajo es la entidad que se encarga de regular las prácticas laborales en Colombia. Es importante denunciar el acoso. Para ello, la institución cuenta con líneas habilitadas para tales fines y brinda asesoramiento. 

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